El despido se configura como una de las posibles causas de extinción de un contrato de trabajo.
Nuestro ordenamiento jurídico regula los distintos tipos de despido, a saber, colectivo, por causas objetivas y disciplinario (arts. 51, 52 y 54 ET).
Al tratarse de una decisión unilateral del empleador, el despido debe cumplir con las exigencias formales y de fondo que se regulan en la Ley y en los convenios colectivos de aplicación.