Te ayudamos a iniciar una nueva vida con la Ley de Segunda Oportunidad

Todos podemos tener situaciones económicas complicadas que se puedan dar en momentos concretos. El problema surge cuando esos momentos concretos desaparecen y la mala situación económica se convierte en algo crónico. Es entonces cuando vienen los problemas para hacer frente a nuestras deudas corrientes, hipoteca, créditos, luz, agua, gas… y es entonces cuando nosotros solucionamos tu problema.

En Durán & Durán Abogados llevamos muchos años defendiendo a nuestros clientes en todo tipo de procedimiento y procesos con especial relevancia en los  que hacen frente a bancos y entidades financieras, en relación con las mala prácticas bancarias, que en muchas ocasiones, acucian a sus clientes exigiendo importes exorbitados.

Estamos especializados en la tramitación de solicitudes de exoneración de las deudas, mediante la denominada Ley de Segunda Oportunidad.

  • ¿Te has visto en una situación sin salida por no poder atender tus deudas?
  • ¿Tienes a las entidades financieras y otros acreedores llamando constantemente exigiendo el pago?
  • ¿Has recibido requerimientos de pago o, incluso, notificaciones de embargo judiciales?
  • ¿Tienes tus cuentas embargadas de forma que no puedes mantener a los tuyos?
  • ¿Recibes notificaciones de embargo en la empresa en la que trabajas?

Nosotros te ayudaremos a salir de esta insoportable situación. Hemos conseguido liberar a muchas personas de sus deudas, de forma que han podido iniciar una nueva vida, teniendo una verdadera Segunda Oportunidad.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que está pensada para supuestos en los que una persona no tiene ingresos suficientes como para poder vivir y pagar sus deudas, de forma que resulta imposible que pueda afrontarlas.

 En estos casos, si las deudas permanecieran vivas, si no pudiera acudirse a la exoneración, el ciudadano que no puede atender sus deudas no puede volver a empezar, no puede tener nada a su nombre, no se le concede crédito alguno, y no puede vivir en condiciones mínimamente dignas.

 Y, por otra parte, respecto de los acreedores, tener de por vida un deudor al que ya le es imposible cumplir con el pago de esas deudas, más los intereses que se van generando, tampoco les sirve de nada: el deudor nunca podría pagar a sus acreedores, que no cobrarian nunca, y el deudor no podría volver a iniciar su vida de ningún modo. Sería una losa para toda la vida, sin solución.

 Por esta razón, y siempre que se cumplan los requisitos legales, la Ley de Segunda Oportunidad, si se tramita por un despacho de abogados con experiencia, permite la efectiva exoneración y empezar una nueva vida sin deudas.

 En Durán & Durán Abogados hemos ayudado a muchos clientes a conseguirlo, tanto por importes relevantes, de casi tres millones de euros, en algunos casos, como por importes de 20, 30, 80 mil o doscientos mil euros (cada caso es distinto, con independencia del importe adeudado). 

Lo importante es ofrecer una solución que libere al cliente de sus deudas.

 Para cada cliente, sea cual sea el importe total que deba, es la razón por la que no puede tener una vida digna, ni hacer ningún plan de futuro.

 Hemos atendido y seguimos atendiendo a clientes con situaciones distintas y particulares, con importes de deuda también distintos en volumen y acreedores, ofreciendo a cada uno la solución legal más eficaz y que más le conviene.

 Tenemos mucha experiencia y, sobre todo, somos abogados que realmente queremos solucionar los problemas de nuestros clientes. 

Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad?

Lo primero que debemos hacer es intentar llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos para hacer frente a nuestra deuda. Como debes saber, esto es una renegociación con los acreedores en relación a las deudas y al plazo de pago de estas. Los acreedores deberán entender la situación de la persona física que es deudora y, en principio, deberían aceptar una propuesta extrajudicial si está bien fundamentada.

Nos podemos encontrar que los acreedores no acepten la propuesta y que, en definitiva, no se haya llegado a ningún acuerdo y que, por lo tanto, estaremos obligados a abrir la vía judicial para cancelar estas deudas.

Es importante destacar que estos acuerdos están siempre tutelados por un Juez y que, por supuesto, debe intervenir un mediador concursal para mediar en los acuerdos extrajudiciales que se puedan dar.

También es muy importante tener en cuenta que el patrimonio que tenemos disponible se pondrá a disposición del pago de la deuda. Eso significa que una vez liquidado el patrimonio, tendrás que contar con Duran & Duran Abogados para que te asista en tu situación de insolvencia y, por lo tanto, se solicite la exoneración de las deudas pendientes en un concurso consecutivo de acreedores.

Todo lo que necesitas saber sobre la ley de Segunda Oportunidad

No te quedes con dudas. A continuación te presentamos un resumen de las principales consultas que llegan a nuestro despacho referentes a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad?

En realidad todo va a depender de la complejidad de cada caso, pero sí que por la experiencia del despacho, podemos responder que en supuestos que no son complejos, puede tardar la tramitación unos cuatro a seis meses.

Y cuando se trata de casos complejos, el procedimiento puede llegar a tardar unos 16 a 18 meses.

Sin embargo, lo importante es que la solicitud y la tramitación se lleve a cabo de forma correcta y que se consiga la exoneración de las deudas.

Y durante el procedimiento, el despacho le ofrece su asesoramiento, acompañamiento y se encargará de que aquellos procedimientos que legalmente deban paralizarse, se paralicen, así como que dejen de recibirse requerimientos no lícitos por parte del cliente.

Iniciado el procedimiento, los acreedores han de someterse al proceso, de forma que deben dejar de hostigar, si es que lo hacen, al deudor.

Pero para todo eso está este despacho. Venimos dando seguridad y atención a nuestros clientes, dando la cara por ellos.

 

¿Me va a costar mucho dinero contratar a Durán & Durán Abogados para que me asesore y me defienda para obtener la exoneración?

En absoluto. Nuestras tarifas por nuestros servicios profesionales son muy competitivas, se adaptan al cliente y, por otra parte, se paga mediante pagos mensuales de 99 euros.

Por esa cantidad mensual, se va a recibir un asesoramiento, defensa y atención profesional, por un despacho serio, comprometido, y que tiene experiencia en la materia. Se nos conoce y tenemos mucha trayectoria.

No dude en llamarnos. No cobramos por la visita e información inicial. Sólo si el caso es viable se le ofrecerán nuestros servicios con la correspondiente hoja de encargo, detallando los honorarios -que son muy competitivos- y con el sistema de pagos de 99 euros mensuales, para facilitar al máximo que usted pueda iniciar el procedimiento, en condiciones adecuadas a su situación.

 

¿Qué requisitos exige la Ley de Segunda Oportunidad?

Los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad son bastante claros, pero para iniciar el procedimiento es preciso estar asesorado por un despacho profesional con experiencia como el nuestro.

En primer lugar, el abogado ha de analizar las deudas, los ingresos y los bienes que el cliente tiene, confirmando si se cumplen los requisitos legales.

Te explicamos todos los detalles de los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Qué ocurre con mi vivienda?

La Ley de Segunda Oportunidad, en España, permite que el deudor proteja su vivienda habitual. Esto se traduce en que no es necesario perder la vivienda, ya que dependerá de las circunstancias personales y, en buena medida, de la pericia del abogado que te asista.

La pérdida de la vivienda a favor del cobro de los acreedores no tendrá lugar cuando no resulte económicamente favorable. Por lo tanto, tendremos dos situaciones en las cuales la vivienda no se perdería:

  1. Que la hipoteca de la vivienda sea superior al precio que tenga la vivienda en el mercado.
  2. O que la pérdida de la vivienda sea totalmente antieconómica.

En el primer caso, nos encontramos con que la vivienda se ha depreciado y se está pagando más por ella de lo que cuesta en la actualidad. Esta situación se ha dado (y continua dándose) en el mercado inmobiliario español. Esto significa que si se vendiese la vivienda a precio de mercado, todavía quedaría una cantidad pendiente de pago en cuanto a la hipoteca, porque el precio de venta de la vivienda no cubriría el precio por el cual se compró mediante hipoteca.

Eso sí, si hay varias propiedades, seguro que alguna de ellas tendrá que liquidarse para hacer frente a las deudas, como es el caso de, por ejemplo, un apartamento como 2ª vivienda.

Pero, en definitiva, si solo se posee la vivienda habitual, será difícil que el juez dictamine la liquidación de ésta. Pero, por supuesto, es importante mantener el pago de la hipoteca al día, aunque no impide una renegociación de las cuotas en cantidad y en tiempo restante.

En el otro caso, nos centramos en el escenario el cual nos indica que la enajenación de la vivienda (la venta para pagar deudas) resulte “antieconómica”. Esto significa que, por ejemplo, una vivienda tiene que ser objeto de una remodelación o adaptación para adaptarse a normativa y poder venderse. También ocurre cuando la venta de la vivienda no tiene sentido en relación a la deuda global porque el resultado de la venta sea muchísimo mayor que la deuda generada. En estos casos, simplemente se procede a una renegociación sin necesidad de una enajenación.

En definitiva, a la hora de defender tu casa de los acreedores, debes contar con el equipo de Duran & Duran Abogados para que defiendan tus intereses.

¿Existe algún tipo de deudas a las que no alcance la exoneración? ¿Qué tipo de deudas no se verán afectadas por la concesión de la exoneración?

Sí, existen una serie de deudas que no pueden ser objeto de exoneración (liberación de la carga o responsabilidad) pese a que el deudor se acoja a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Qué ocurre con los acreedores cuando se concede la exoneración de las deudas? 

En ese caso, si se consigue la exoneración los acreedores no podrán ejercer ningún tipo de acción o reclamación contra dicho deudor.

¿Podemos cancelar todas las deudas?

En este punto, entramos en el BEPI que comentábamos, es decir, en el Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Este escenario se da cuando las negociaciones extrajudiciales fracasan y, por lo tanto, se da una imposibilidad del pago de la deuda.

Es muy importante que se actúe de buena fe y que, en consecuencia, la imposibilidad del pago no sea imputable a la voluntad del deudor.

Estaríamos, en este caso, frente al concurso consecutivo del deudor y entraríamos a solicitar la exoneración del 100% de las deudas contraídas. Hay que hacer un especial inciso en relación a las deudas contraídas contra Hacienda y contra la Seguridad Social. En un principio, este tipo de deuda estaba excluida de la exoneración, pero una sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2019 amplió los límites de exoneración de la LSO, permitió la eliminación del 70% de las deudas contraídas contra Hacienda y contra la Seguridad Social, permitiendo que el 30% restante se pudiese fraccionar durante 5 años.

Esta situación de exoneración con Hacienda y con la Seguridad Social solo afecta, de momento, a los particulares, no a los autónomos.

Nosotros nos ocupamos de todo

En Durán & Durán Abogados, estamos orgullosos de haber ayudado a numerosas personas a liberarse del peso abrumador de las deudas a través de la Ley de Segunda Oportunidad.

Cuando eliges trabajar con nosotros, no solo obtienes un equipo legal excepcional, sino también un apoyo inquebrantable en tu camino hacia la libertad financiera.

Recuerda: no tienes por qué enfrentarte a tus problemas financieros solo. Cuenta con nosotros. ¡Llámanos hoy mismo y comienza tu camino hacia un futuro libre de deudas!

Envíanos en siguiente formulario y empecemos a trabajar en tu caso cuanto antes

    En Durán y Durán Abogados estamos continuamente a tu lado y puedes contratar nuestros servicios sin moverte de casa. Somos tus abogados de cabecera


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