06/10/2021
En no pocas ocasiones, al celebrar un contrato entre empresarios, se incluyen cláusulas, denominadas penales, en virtud de las que se acuerda que si una de ellas incumple con sus obligaciones, se aplicará a dicha parte incumplidora una penalización económica, que se determina en el propio contrato. Puede pactarse en cualquier tipo de contrato, sea de arrendamiento, distribución, intermediación, etc…