03/11/2021
El Tribunal Supremo en la reciente sentencia núm. 679/2021, de fecha 6 de octubre de 2021, ha resuelto un supuesto ciertamente peculiar, que permite delimitar las diferencias entre la acción individual y la acción social que puede interponer un acreedor contra el Administrador de la sociedad que ha incumplido su obligación de pago.