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20/04/2021Los defectos en la construcción, también conocidos como vicios en la construcción de inmuebles, afectan especialmente a la promoción de nuevas viviendas, donde todavía ninguna persona ha hecho uso de esta, y por lo tanto todavía no han “salido a relucir” los posibles desperfectos o funcionamientos incorrectos.
Cómo debe plantearse este tipo de reclamación, a quién debe reclamarse, qué plazo hay para reclamar… son algunas de las preguntas que más afectados se hacen, y que hoy responderemos en este artículo.
En primer lugar, lo más apropiado antes de iniciar o notificar alguna reclamación, es asegurarse de que no existen más desperfectos además de aquellos que queremos reclamar.
Debe realizarse un inventario de todos aquellos desperfectos, que idealmente se complementaría con el dictamen de algún perito, aparejador o ingeniero industrial.
Este inventario debe notificarse a la promotora o constructora de la vivienda, y debe quedar constancia de ello: envíe un burofax, o contacte con un abogado para que sea él el encargado de hacer llegar el escrito. Esta opción es la más recomendable, ya que, seguramente, se tomarán más en serio su reclamación si es un abogado quien la efectúa.
¿Y si reparo yo mismo los daños mientras se tramita la reclamación?
Si realiza reparaciones por su cuenta, ya que alguno de los elementos que sufre un desperfecto es de necesidad básica, asegúrese de documentar debidamente dicha reparación, para poder acreditarla posteriormente en caso de requerirse en un procedimiento judicial.
Defectos de acabado y de habitabilidad
Los defectos de acabado son aquellos defectos más comunes o superficiales de una vivienda, como puede ser una ventana que no cierra bien, un problema menor de iluminación, etc. Generalmente, los propios constructores y promotores suelen reparar estos daños por su propia cuenta cuando son debidamente notificados, pero en cualquier caso la Ley de Ordenación Edificación establece un año de garantía para que estos daños puedan ser reclamados.
Los defectos de habitabilidad son defectos de mayor envergadura y mayor coste, y los constructores y promotores no suelen acceder a la reparación de los mismos con tanta facilidad como en el caso de defectos de acabado. Algunos ejemplos de defectos de habitabilidad pueden ser las goteras y humedades, los olores, los ruidos… Para estos defectos, la garantía es de tres años.
Defectos de estabilidad y seguridad estructural
Estos daños o defectos son mucho menos frecuentes, pero también son los más graves ya que comprometen la integridad y seguridad del edificio: cimentación, muros de carga, etc.
Estos daños son más complejos, lo que dificulta su valoración a la hora de determinar hasta qué punto afecta a la integridad del edificio, por lo que es necesario recurrir a profesionales para reclamarlos.
Si su vivienda padece un defecto de estructura, póngase en contacto con un abogado y un perito.
Este tipo de defecto tiene hasta diez años para reclamarse.
¿Cómo funciona la garantía de estos defectos?
Dependiendo del tipo de defecto ante el que nos encontremos (de acabado, de habitabilidad o de estabilidad), la constructora y promotora deberán responder por los daños de los que sean responsables, teniendo en cuenta el plazo de reclamación para cada uno de los tipos de daños que anteriormente hemos indicado.
Desde que un daño sea notificado, habrá un plazo de prescripción de dos años para poder ejercitar la acción de reclamación judicial, aunque podrá ser interrumpido si los daños persisten o se agravan.
Conclusión
Es de vital importancia reconocer ante qué tipo de desperfecto nos encontramos para saber si estamos dentro del plazo de reclamación que marca la garantía, así como notificarlo (y poder acreditar que ha sido notificado) al constructor o promotor.
La mejor recomendación posible es que ponga en manos de profesionales el análisis y la evaluación de los daños que existen en su inmueble, ya que puede que los daños sean más graves de lo que parecen a simple vista, y no sea capaz de identificarlo.
Del mismo modo, ponga en manos de Abogados Civiles la reclamación de los daños, ya que esto prácticamente asegura una solución más ágil y rápida de los desperfectos.