
Cómo reclamar y recuperar tu inversión en Valores Orey: Nueva sentencia contra Andbank en Madrid
23/04/2026
Tu ex también puede tener que pagar los gastos del perro tras el divorcio
21/05/2026
En los procedimientos de divorcio y separación cada vez es más frecuente que surja una cuestión que hace unos años apenas se planteaba en sede judicial: qué ocurre con las mascotas familiares.
¿Quién se queda con los animales? ¿Quién debe hacerse cargo de los gastos veterinarios, alimentación o cuidados? ¿Importa quién figure como titular en la cartilla veterinaria?
Una reciente sentencia obtenida por el equipo de Derecho de Familia de Durán & Durán Abogados reconoce que, aunque las mascotas estuvieran formalmente a nombre de uno de los cónyuges, ambos deberán asumir al 50 % los gastos derivados de su mantenimiento, independientemente de que hubiera visitas al no custodio.
¿Qué ocurrió en este caso?
En el procedimiento de divorcio defendíamos los intereses de nuestra clienta, solicitando que los gastos de dos perros y un gato fueran sufragados por ambas partes al formar parte de la unidad familiar durante el matrimonio.
La parte contraria se opuso alegando que los animales figuraban únicamente a nombre de nuestra clienta en las cartillas veterinarias y que, por tanto, no procedía imponer ninguna obligación económica relacionada con ellos. Además, consideraban que dichos gastos eran “superfluos” dada la situación económica del demandado.
Sin embargo, el juzgado estimó nuestra petición y acordó que:
-
- Las mascotas quedaran al cuidado de la actora.
- Los gastos de alimentación, aseo y veterinario fueran abonados al 50 % por ambos litigantes.
Las mascotas ya no son consideradas simples bienes.
La resolución aplica la reforma introducida por la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, que modificó el Código Civil para reconocer a los animales como “seres sintientes”.
A raíz de esta modificación, los tribunales deben tener en cuenta tanto el bienestar del animal como el interés de los miembros de la familia al adoptar medidas en procesos de separación o divorcio.
Esto supone un cambio importante respecto al criterio tradicional, en el que las mascotas eran tratadas prácticamente como un bien material más dentro del patrimonio familiar.
¿Importa quién figure como titular de la mascota?
No necesariamente.
Uno de los aspectos más relevantes de esta sentencia es que el juzgado acuerda el reparto de los gastos “con independencia de su titularidad”.
Es decir, aunque las cartillas veterinarias estuvieran únicamente a nombre de una de las partes, el tribunal entendió que los animales formaban parte de la dinámica familiar y que ambos debían contribuir a su mantenimiento.
¿Qué gastos pueden reclamarse?
En este caso concreto, la sentencia establece que ambos progenitores deberán asumir al 50 % los gastos relativos a:
-
- Alimentación
- Gastos veterinarios
Dependiendo de cada situación, también pueden plantearse otras cuestiones relacionadas con:
-
- Custodia o cuidado de las mascotas
- Reparto de tiempos de convivencia
- Gastos extraordinarios veterinarios
- Traslados o visitas
Cada divorcio requiere medidas específicas
Además de las cuestiones relativas a las mascotas, en este procedimiento también se obtuvieron medidas favorables respecto a:
-
- Custodia compartida
- Uso de la vivienda familiar
- Distribución de gastos familiares y de propiedad
En los procedimientos de familia no existen soluciones automáticas. Cada caso requiere analizar las circunstancias económicas, familiares y personales concretas para solicitar las medidas más adecuadas
¿Tienes dudas sobre qué ocurre con las mascotas en un divorcio?
En Durán & Durán Abogados contamos con abogados especializados en Derecho de Familia que pueden ayudarte a proteger tus derechos y los de tu familia en procedimientos de separación o divorcio
Llámanos gratis al 900 833 020 o rellena nuestro formulario web. ¡Es hora de recuperar lo que es tuyo!
Durán y Durán Abogados




