Facultad de dejar sin efecto un despido o una dimisión durante el plazo de preaviso.
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15/07/2019Estos pequeños cambios que acomete una determinada Comunidad Autónoma, suele ser la antesala de que el resto de Comunidades Autónomas tomen nota y, por contaminación, quieran copiar qué ha hecho su “vecino”. Cuando esto pasa en medidas que aportan una mejora para todos los involucrados, se suele recibir con los brazos abiertos por parte de usuarios, familias de usuarios y operadores/propietarios de los centros.
Un ejemplo claro de medidas positivas son las subidas de tarifas públicas, sustitución de perfiles profesionales cuando hay déficit de los mismos en el mercado laboral, convocatoria de nuevas plazas públicas o, lo que sería fantástico, poder cobrar módulos hoteleros en el sector a las plazas públicas como, por ejemplo, un plus asistencial, plus de vistas, plus de terraza, habitación individual, etc (aunque desde Durán y Durán Abogados, pensamos que este extremo está todavía muy lejos).
La cuestión, es que la Generalitat de Cataluña propone garantizar la presencia física continuada, en un centro, de dos personas como mínimo. Esto hace que en residencias de menos de 35 plazas, tengan que asumir costes totales de empresa añadidos de, aproximadamente, 30.000€ (985€ brutos más 275€ de plus de nocturnidad por 14 pagas, más 1,3 pagas más de sustitución de las vacaciones del trabajador, más el 7% de absentismo medio en el sector, más la seguridad social. Esto nos da un coste de 29.612€).
Esto castigará la cuenta de explotación de las residencias de menos de 35 plazas, que funcionan básicamente a nivel empresarial como auto empleo de los propietarios. Lo cual significa que muchas residencias, que no tengan plena ocupación, se verán obligadas a reducir costes y a dar un peor servicio, si no quieren acabar cerrando. Paralelamente, tampoco podrán reducir costes laborales diurnos, porque se está barajando modificar el ratio de atención, del 0,25 al 0,28, tal y cómo se indica en el siguiente enlace: https://participa.gencat.cat/processes/ratios
Por lo tanto, estamos frente a un endurecimiento de las condiciones de explotación de un Centro, que no va a tener contrapartida de subida de tarifa de plaza pública y que, en este sentido, va a empobrecer un poco más sobretodo a las residencias de menos de 35 plazas.
Desde Durán y Durán Abogados esperamos que esta iniciativa no contamine al resto de Comunidades Autónomas y que, desde luego, las Administraciones nos dejen poder tener cierto grado de flexibilidad para asumir las exigencias, sin que castigue la viabilidad de los centros (que alguno tendrá que cerrar por estas exigencias).
No lo dudes, contacta con nosotros para que te podamos asesorar y, en medida de lo posible, te ayudemos a tener una MUY SANA CUENTA DE EXPLOTACIÓN.