El Derecho Concursal en el Sector Hostelero

Empresas y Autónomos

El Sector Hostelero en la actualidad

El Sector Hostelero en la actualidad

Tras el decreto en el que se declaraba el estado de alarma en nuestro país como consecuencia del COVID-19, todos los establecimientos dedicados al Sector Hostelería tuvieron inexorablemente que suspender su actividad y cerrar sus puertas de cara al público.

Teniendo en cuenta que España es un país en el que gran parte de su PIB se obtiene del turismo, el Sector de la Hostelería es uno de los que más ha sufrido y está sufriendo la consecuencia del tan renombrado coronavirus.

Muchos de éstos establecimientos se verán inexorablemente avocados a instar el concurso de acreedores al no poder soportar el cierre durante tanto tiempo o por la falta de negocio.

De esta manera, en el presente artículo venimos a solventar alguna de las dudas que nos han planteado empresarios del sector y que entendemos que pueden resultar de utilidad a otros empresarios que se hallen en la misma situación que éstos, sin perjuicio de que recomendemos que se asesoren debidamente antes de llevar a cabo cualquier actuación de índole jurídico.

Si tengo varias sociedades y cada una de ellas explota un negocio (ejemplo un hotel), si una de ellas se declara en concurso ¿necesariamente han de declararse las demás en concurso?

La respuesta es no. Cada sociedad tiene una personalidad jurídica propia e independiente. Cosa distinta es que sea o formen parte de un grupo de empresas, pero incluso en este caso si una sociedad está en causa de disolución y por ende está en la obligación de instar el concurso, ello no implica que las demás deban declararse en concurso de acreedores.

¿Qué sucede si una misma sociedad explota dos establecimientos y en uno se generan continuas pérdidas y en otro se cubren los gastos y tiene un ligero beneficio?

Al pertenecer ambos a una misma sociedad lo que habría que analizar son las cuentas de ésta para ver si (i) se encuentra en causa de disolución, (ii) prevé un estado de iliquidez o de falta de pago inminente y (iii) si ve que el negocio va a ir a peor. En estos tres casos se tendría que estudiar la posibilidad de (i) llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores o (ii) instar directamente el concurso, en función de lo que se estime pertinente y necesario.

Otras soluciones serían (i) vender el establecimiento como una unidad productiva o (ii) en caso de que se encuentre en propiedad la venta directa del inmueble para centrarse en el establecimiento que da pequeños beneficios.

¿Qué sucede si una de las sociedades que explota un negocio de hostelería está participada por otras que explotan otros negocios y da pérdidas?

En realidad habría que analizar de qué pérdidas estaríamos hablando y si se encuentra en causa de disolución o sólo es un “bache pasajero” que puede solventarse mediante la utilización de recursos propios.

En el primer caso hay posibles soluciones:

  • 1º.- Solicitar nueva financiación: Lo cual dotará de liquidez a corto/medio plazo a dicha sociedad. Tiene el problema el que probablemente la entidad financiera solicite nuevas garantías y que no puedan abonarse las cuotas de ésta en un futuro lo que nos conduciría al concurso de acreedores.
  • 2º.- Realizar una ampliación de capital: en el que los socios o partícipes –las otras dos sociedades– aporten liquidez a la sociedad para poder continuar explotando el negocio.
  • 3º.- Préstamos participativos: préstamos a cambio de participación en la explotación del negocio.

Si sólo es una situación temporal habría que realizar una evaluación a futuro del tiempo del que puede mantenerse con los recursos propios y hacer balances previsionales a efectos de dilucidar cuándo se saldrá de dicha situación. En el hipotético caso de que no se vea clara la salida a veces es mejor pensar en el cierre que en “no hacer la pelota más grande”.

Con respecto a los socios o partícipes no les afectaría en nada, ya que como se ha explicado anteriormente tienen personalidades jurídicas independientes. No obstante, estaríamos hablando de que como partícipes podrían perder el importe invertido en la sociedad.

Si Ud. se encuentra en cualquiera de éstas situaciones, le invitamos a consultarnos directamente. Desde “DURÁN & DURÁN ABOGADOS” podemos asesorarle en la estrategia así como en la llevanza de cualquier cuestión de carácter jurídico que sea necesaria.

Daniel Álvaro

Director Jurídico en Durán & Durán Abogados