Blanqueo de Capitales

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¿Qué es el blanqueo de capitales?

El Blanqueo de Capitales, también llamado blanqueo de dinero en el ámbito anglo-germano, es un delito que surge de la necesidad de introducir dinero ajeno a los circuitos legales de movimiento del capital al tráfico ordinario diluyendo el auténtico origen.

Nuestro Código Penal el blanqueo de capitales lo regula en su artículo 301 a través de distintas conductas:

  1. Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes sabiendo que tienen origen en un delito
  2. Realizar actos orientados a ocultar el origen ilícito de los bienes
  3. Ayudar a la persona que ha realizado la infracción para eludir las consecuencias de sus actos
  4. Ocultar o encubrir la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o propiedad de los mismos, a sabiendas de su origen delictivo

Tras la última reforma penal cabe incluso la posibilidad de que quien haya cometido el delito previo pueda cometer también un delito de blanqueo de capitales cuando trate de introducir los bienes del delito a los circuitos legales del dinero.

A esto hay que añadir que el delito de blanqueo de capitales admite la modalidad imprudente, que se entiende como el cometido por la omisión de la diligencia exigible, lo que supone que pueda surgir responsabilidad penal por el hecho de aceptar aportaciones dinerarias o pagos que puedan tener su razón de ser en un delito, por ejemplo, una compraventa de un vehículo u objetos de arte.

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