Sentencia condena a Banco Santander a indemnizar a una sociedad por la adquisición de acciones Banco Popular en el mercado secundario efectuada en el ejercicio 2013.
11/10/2019Las pulseras de protección a las víctimas de violencia machista: ¿dónde está la tecnología cuando la necesitamos?
28/10/2019Son las 8:30 de la mañana y, en la planta, los equipos de la mañana están en “plena faena” levantando a los residentes, atendiéndoles en su higiene personal, vistiéndoles y llevándolos al comedor para ayudarles en el desayuno.
Es lunes y tienes que arreglar todo lo que ha pasado el fin de semana, que no es poco (han faltado dos auxiliares). Además, se han presentado dos personas de los servicios de inspección que preguntan por la Dirección del Centro. Acaba de comenzar la semana.
Este suele ser el escenario que se nos presenta cuando viene la Inspección a hacernos la visita de rigor anual, en la cual nos piden muchísima documentación (la misma cada año), para ver si estamos prestando la atención necesaria, con el personal adecuado y en las condiciones óptimas. Esta operación suele ser bastante rutinaria, con los mismos puntos a revisar y, por supuesto, con la misma “pose” del cuerpo de funcionarios que llevan a cabo la inspección.
La inspección durará hasta casi el mediodía, dependiendo del número de plazas que tengas y de los metros cuadrados que tenga tu Centro. Pero vamos, que seguro que estarán hasta el mediodía. Comerás un poco más tarde, qué le vamos a hacer…
El caso es que te van a enseñar el acta de inspección que realizan siempre y te van a mostrar los diferentes puntos que has de mejorar.
Cada punto está relacionado con un concreto artículo Decreto o de la Ley que sea de aplicación, que afecta al desarrollo de la actividad en los Centros de atención a personas dependientes de tercera edad. Ese acta ocupará más o menos folios y al final tendrás un cuadro de texto en el cual puedes escribir unas pocas palabras y que, en definitiva, te obligan a firmar.
Sin profundizar en el contenido de ese acta, porque ni conoces los Decretos ni las Leyes que ahí figuran (y mucho menos, los artículos que citan de esos textos legales), sin pestañear demasiado, FIRMAS EL ACTA para que se vayan lo antes posible y que te puedas ir a comer.
¿Estás seguro/a de lo que acabas de firmar?,
¿Sabes a qué te estás exponiendo firmando el acta sin antes comprobar, realmente, hasta dónde llega ese acta?
Te acaban de dar 10 días para entregar toda la documentación que falta y para acreditar las reparaciones que debes llevar a cabo, tales como; paredes a pintar, puertas a pintar o cambiar, papeleras que están rotas, algún grifo que gotea, etc.
Desde Duran y Duran Abogados te vamos a indicar de qué no te has dado cuenta:
- Varios artículos de esos decretos que han citado indican la comisión de una falta leve.
- Otros tantos, indican la comisión de una falta grave
- La suma de faltas leve (en un determinado tiempo) se convierten en falta grave.
- La suma de faltas graves, se convierten en falta muy grave.
Además, no te has dado cuenta de que en la inspección del año pasado ya te estaban diciendo (con los mismos artículos de los mismos Decretos) que no estabas cumpliendo con una serie de puntos importantes y, pudo ocurrir que los pasases por alto.
Este año, te lo vuelven a decir y, por supuesto, también lo has pasado por alto.
De repente, te puedes encontrar con una propuesta de sanción a tu Centro que puede llegar hasta los 30.000€ en función del tipo de falta que hayas cometido, o que hayas incurrido por repetición.
Llegados a este punto, hemos de realizarte una pregunta:
Cuando recibes y firmas un acta de inspección,
¿Lo has puesto en conocimiento de tus abogados para que analicen el acta?,
¿Eres consciente de que a lo mejor te están imputando la comisión de una infracción y no te has dado cuenta?,
¿Sabes que puedes pedir muchísima documentación del cuerpo de inspección que te ayudará a entender ese acta mucho mejor?
Desde Duran y Duran Abogados te recomendamos que compartas con nosotros esas actas, sobretodo si tienes una sanción encima de la mesa. Analizaremos conjuntamente si las conductas que te atribuyen son constitutivas de infracciones y si se pueden efectuar alegaciones o, en su caso, recurrir frente a la Administración.
Piensa que somos el ÚNICO BUFETE DE ABOGADOS DE ESPAÑA QUE HA GESTIONADO UNA RESIDENCIA DE ANCIANOS (176 plazas) y lo hemos hecho durante casi 15 años. Además, esa gestión era integral y no teníamos subcontratado ningún servicio. Por ese motivo, podemos asumir el análisis de cualquier acta de inspección que contenga cualquier supuesta infracción cometida por el Centro, además de entender a la perfección cualquier problemática, incluida de gestión, que tengas en el Centro.
No te arriesgues a una posible sanción y ponte en contacto con nosotros. Te podemos ayudar y asesorar para que no te encuentres desagradables y costosas sorpresas.
No te olvides, somos compañeros de sector.