
¿Quién paga los gastos de la mascota tras un divorcio?
21/05/2026
Cuando un proceso de separación llega a su fin, las medidas definitivas fijadas en el convenio regulador o en la resolución judicial no son opcionales. El régimen de custodia, el calendario de visitas o la cuantía de la pensión de alimentos son de obligado cumplimiento. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando la realidad choca con lo dictado por el juez?
El incumplimiento de la sentencia de divorcio por uno de los progenitores es una de las mayores fuentes de conflicto en el Derecho de Familia. Ante esta situación de desamparo y estrés, el ordenamiento jurídico penaliza la desobediencia mediante el mecanismo de la ejecución forzosa. A continuación, desgranamos las vías legales para exigir su cumplimiento y cuándo se cruza la línea hacia el delito penal.
¿Qué es la ejecución forzosa en Derecho de Familia?
La ejecución forzosa es el procedimiento judicial que se inicia para obligar a un progenitor a cumplir estrictamente lo acordado en una sentencia o convenio homologado. No basta con que existan "excusas" o pactos verbales posteriores; la ley exige que se respete el documento judicial.
Nuestros abogados especialistas en divorcios suelen activar este mecanismo de urgencia ante cuatro escenarios principales:
- El impago total o parcial de la pensión de alimentos.
- El incumplimiento reiterado del régimen de visitas (retrasos systematically, cancelaciones de última hora).
- La negativa a entregar o retornar a los menores en las fechas estipuladas.
- El impago de los gastos extraordinarios (médicos, educativos) no cubiertos por la pensión ordinaria.
Incumplimiento del régimen de visitas: ¿Cómo debe actuar el progenitor afectado?
El régimen de visitas no es un derecho del progenitor, es un derecho del menor a relacionarse con su padre o madre. Por ello, actitudes como impedir de forma arbitraria ver a los hijos, alterar unilateralmente los horarios establecidos o cortar la comunicación telefónica suponen una vulneración grave.
¿Qué medidas puede adoptar el Juez de Familia?
Si se acredita de forma sólida el incumplimiento, el Juzgado de Primera Instancia no se limitará a enviar una advertencia. El juez tiene la potestad de aplicar medidas coercitivas severas para proteger el interés superior del menor:
- Requerimiento formal: Una notificación improrrogable bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad.
- Multas coercitivas mensuales: Sanciones económicas que se van acumulando mientras persista la actitud obstructiva.
- Modificación del régimen de custodia: En los casos más graves y cronificados, el incumplimiento reiterado del calendario de visitas puede ser causa justificada para solicitar un cambio de custodia a favor del progenitor afectado.
Reclamar el impago de la pensión de alimentos por la vía civil
La pensión de alimentos está diseñada para salvaguardar el sustento, habitación, vestido y asistencia médica de los hijos. Su falta de abono —o el impago de las correspondientes actualizaciones del IPC— legitima al progenitor custodio a interponer una demanda de ejecución de títulos judiciales (ejecución dineraria).
Mecanismos de presión: Embargos inmediatos
A diferencia de otras deudas civiles, el proceso de ejecución por alimentos goza de una agilidad especial en los tribunales. El juez puede decretar de forma directa:
- El embargo de cuentas bancarias y depósitos.
- La retención directa de un porcentaje de la nómina o salario (sin aplicar los límites ordinarios del Salario Mínimo Interprofesional en determinados casos).
- El embargo de bienes inmuebles o vehículos.
- La retención de las devoluciones de la Agencia Tributaria (Hacienda).
Nota del experto: El procedimiento de ejecución civil no solo obliga a abonar lo adeudado, sino que además condena al progenitor incumplidor al pago de los intereses de demora y las costas procesales (los gastos de abogado y procurador derivados de tener que acudir al juzgado).
¿Cuándo pasa a ser un delito? La vía penal por impago de pensiones
Existe una línea muy clara donde el incumplimiento civil se convierte en una infracción del Código Penal. El delito de abandono de familia por impago de pensiones (artículo 227 del Código Penal) se configura cuando se deja de pagar la pensión económica establecida durante:
- 2 meses consecutivos, o
- 4 meses no consecutivos.
Esta vía se inicia mediante querella o denuncia y puede acarrear penas de prisión de 3 meses a 1 año, o multas de 6 a 24 meses, además de generar antecedentes penales para el condenado. No obstante, la estrategia procesal exige decidir con precisión: la ley prohíbe duplicar las reclamaciones (no puedes exigir lo mismo simultáneamente por la vía civil y penal), por lo que se debe analizar qué vía es la más efectiva para garantizar el cobro real de las cantidades.
Preguntas frecuentes sobre el incumplimiento de sentencias
En Durán & Durán Abogados sabemos que el incumplimiento de una sentencia judicial no solo es un problema legal, sino una situación de alto estrés que afecta directamente a la estabilidad de tus hijos. No dejes que la situación se cronifique.
Llámanos gratis al 900 833 020 o solicita una consulta a través de nuestro formulario web. Nuestros abogados especialistas en Derecho de Familia estudiarán tu caso de forma personalizada para activar las medidas urgentes que necesitas.
Abogada especializada en Derecho Civil y Mercantil




